El 1 de enero de 2021 es un día que los pilotos de drones no olvidarán. En ese preciso momento entró en vigor la nueva normativa europea, que tiene como objetivo regular el uso de drones por todo el territorio de la Unión Europea.
Han tenido que pasar años para que se logre regularizar la profesionalización del mundo de los drones y, gracias a esta actualización, se pretende aportar mayor lógica y claridad sobre este sector en auge.
De forma sencilla, voy a tratar de resumir y explicar cada bloque de la nueva normativa sobre el uso de drones o UAS, con el fin de que obtengas una visión global y general de todos los cambios que vienen a lo largo de estos próximos 3 años, etapa que desde ya se conoce como período transitorio.
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Quiero ser conciso y muy claro en mi explicación sobre la nueva normativa europea sobre el uso de drones, pero si quieres profundizar aún más en todos los códigos, decretos o reglamentos que AESA pone a tu disposición, puedes acceder a varios documentos a través de esta sección de su página web oficial.
Nuevas clases o escenarios donde poder volar tu dron
En este punto en el que nos encontramos, cabe mencionar que algunos aspectos que voy a comentar a partir de ahora pueden ser modificados más adelante, cuando se haga público de manera oficial el Real Decreto de UAS. Por lo tanto, este Tutoblog seguirá recibiendo las actualizaciones oportunas a lo largo del tiempo.
Como pilotos de drones, en este nuevo contexto deberemos cumplir con las siguientes recomendaciones, tanto en vuelos realizados en España como en Europa:
- Hay que tener una edad mínima de 16 años, a excepción de vuelos con drones de juguete con un peso inferior a 250g, drones de construcción privada o en casos donde esté presente un mayor de edad. Cada estado miembro podría reducir la edad mínima, dependiendo de cada caso, pero ahora mismo España la establece en 16 años.
- En drones con un peso superior a 250g, todos los pilotos deberán contar con una formación certificada por la autoridad competente según nivel y modalidad. La certificación variará dependiendo del peso que tenga el dron.
- Responsabilidad del piloto de UAS respecto a la seguridad de la operación, la privacidad de las personas, la protección de datos, la protección del medio ambiente o el uso del espectro radioeléctrico, entre otros. Las últimas informaciones de AESA indican que todas las aeronaves deben contar con un seguro de responsabilidad civil durante el período transitorio. Cuando el Real Decreto sea publicado, veremos si este aspecto cambia.
- Es obligatorio darse de alta como operador o piloto registrado en AESA si el dron supera los 250g, sin importar que el vuelo se realice en un contexto recreativo o profesional. ¡Ojo! Registrarse como Operador de drones no quiere decir que constituyas o formes una Operadora profesional de drones. ¡No es lo mismo!
- Una persona física o jurídica puede actuar como operadora. Por un lado, las personas físicas tendrán que estar registradas en su país de residencia y ser miembros de la UE. Por otro lado, en el caso de las personas jurídicas, la operadora deberá estar registrada en el país donde desarrolle su actividad económica.
- El enfoque de las normas y procedimientos de la nueva normativa no es otro que el de mitigar el riesgo en función de:
1) El Riesgo y la Naturaleza de la Operación.
2) Las Características Operacionales de la Aeronave.
3) Las Características del Área de Operaciones.
Ahora bien, la nueva normativa distingue entre 3 categorías operacionales de vuelo:
Categoría Abierta
Normativa Europea de Drones
En esta categoría de vuelo, debes saber que podrás utilizar drones de hasta 25kg y no se requiere solicitud ni aprobación de la operación de vuelo por parte de AESA. Hablamos, por lo tanto, de un uso de drones de modo recreativo, aunque también se incluye el profesional, sobre todo en ciertos escenarios. La gran mayoría de pilotos deberá prestar mucha atención a esta categoría y a todo lo que supone.
Los drones, por sus características o requisitos de seguridad, cuentan con un marcado de clase y, atendiendo a la nueva normativa, todos los drones tendrán que llevar el marcado CE en su embalaje y en su propio cuerpo. Podemos diferenciar entre las siguientes clases:
- Clase 0: Drones con peso inferior a 250g, que alcancen una velocidad máxima en vuelo horizontal de 19 m/s y una altura máxima sobre el punto de despegue de 120 m.
- Clase 1: Drones con peso inferior a 900g, que alcancen una velocidad máxima en vuelo horizontal de 19 m/s y una altura máxima sobre el punto de despegue de 120 m. Deben tener electronic ID (e-ID), sistema de Geo Consciencia y una fuerza de impacto menor a 80 J (julios).
- Clase 2: Drones con peso inferior a 4kg y que alcancen una altura máxima sobre el punto de despegue de 120 m. Deben incorporar un sistema de velocidad baja o Low Speed (modo trípode en DJI, por ejemplo), electronic ID (e-ID) y sistema de Geo Consciencia.
- Clase 3: Drones con peso inferior a 25kg y dimensiones inferiores a 3 m. Deben contar con la misma altura máxima sobre el punto de despegue que en las clases anteriores. Tienen que incorporar electronic ID (e-ID) y sistema de Geo Consciencia.
- Clase 4: Drones con peso inferior a 25kg, sin importar sus dimensiones, pero que no incorporen modos automáticos. Esta clase está más pensada para el aeromodelismo.
Algunos de estos drones son considerados como “previos a la norma” y permanecerán así, salvo que los fabricantes oficiales decidan actualizarlos. Ya se verá cómo avanza el marcado de clases en los próximos drones que vayan saliendo al mercado.
Dentro de la propia categoría abierta vamos a encontrar subcategorías, es decir, diferentes contextos particulares de vuelo, donde se incluyen una serie de limitaciones o recomendaciones que se deben tener en cuenta. Estas subcategorías variarán en función de las características y marcados de clase de nuestros UAS.
Subcategoría A1
En esta subcategoría nos importa saber lo que se puede hacer o no, y lo que se recomienda, en vuelos con drones que tengan un marcado de clase C0 y C1.
Si piensas utilizar drones de la clase C0, que sepas que:
- NO se necesita titulación teórica ni práctica.
- Se requiere estar familiarizado con el manual de uso del fabricante.
- SI es necesario registrarse como operador de UAS
- AESA exige tener seguro para todo tipo de drones durante el período transitorio.
- SI es posible ganar dinero con trabajos realizados con drones.
- SI se puede volar sobre personas dispersas o grupos reducidos dispersos en entornos urbanos, aunque por poco tiempo y a una altura de seguridad.
- NO se puede volar sobre aglomeraciones de personas.
En casos donde utilices drones de la clase C1, ten en cuenta que:
- Se requiere estar familiarizado con el manual de uso del fabricante.
- SI se necesita un certificado Teórico Online + Examen Nivel 1.
- NO es necesario contar con titulación práctica.
- SI es necesario registrarse como operador de UAS.
- NO es necesario tener un certificado médico.
- SI se necesita un Seguro de responsabilidad.
- SI es posible ganar dinero con trabajos realizados con drones.
- SI se puede volar sobre personas dispersas o grupos reducidos dispersos en entornos urbanos, aunque por poco tiempo y a una altura de seguridad.
- NO se puede volar sobre aglomeraciones de personas.
Subcategoría A2
En esta subcategoría tiene lugar el uso de drones de clase C2, que como ya sabes, son aquellos que pesan menos de 4kg. En este contexto, ten en cuenta que:
- SI se necesita una titulación Teórica Online + Examen Nivel 2
- SI se necesita una titulación Auto Práctica.
- SI es necesario registrarse como operador de UAS.
- NO es necesario tener un certificado médico.
- SI se necesita un Seguro de responsabilidad.
- SI es posible ganar dinero con trabajos realizados con drones.
- SI se puede volar en entornos urbanos, sin aproximarse a menos de 30 m de personas ajenas a la operación. La distancia podría reducirse a 5 m si se utiliza el modo Low Speed.
Subcategoría A3
En esta subcategoría da cabida a los drones previos a la norma, que no cuenten con certificado de clase, que sean de construcción privada y para los drones de las clases C2, C3 y C4. Atent@ a las siguientes recomendaciones:
- SI se puede volar únicamente fuera de ciudades, respetando una distancia de 150 metros de edificios o zonas habitadas, comerciales, industriales o recreativas.
- NO se puede volar por encima o alrededor de personas ajenas a la operación.
En el caso de que quieras o necesites volar en estos contextos, tendrás que:
- Obtener una titulación Teórica Online + Examen Online similar al exigido en la Subcategoría 1 Clase C1.
- NO será necesario realizar un examen presencial.
Categoría Específica
Normativa Europea de Drones
En este marco específico de la nueva normativa europea entran en acción aquellas operaciones de vuelo que no cumplen con los requisitos que se exigen en la categoría abierta, por aspectos como los que remarco a continuación:
- Vuelos BVLOS, es decir, vuelos que quedan fuera de la línea de visión del piloto.
- Vuelos que superen los 120 m de altura.
- Vuelos realizados con drones de un peso superior a 25kg.
- Vuelos sobre aglomeraciones de personas, entre edificios, etc.
En esta categoría no vamos a encontrar subcategorías, como hemos visto ya anteriormente, pero vamos a toparnos con dos escenarios de especialización. Además de contar con el título de piloto de drones, también necesitarás obtener una capacitación en cada uno de estos escenarios donde vayas a volar.
- Escenario Estándar 01 (STS 01): Operaciones que se realicen dentro del alcance visual del piloto (VLOS), sobre una zona terrestre controlada en un entorno poblado y cumpliendo una serie de requisitos.
- Escenario Estándar 02 (STS 02): Operaciones que podrían realizarse más allá del alcance visual del piloto (BVLOS), sobre una zona terrestre controlada en un entorno poblado y cumpliendo una serie de requisitos.
Una vez que ya cuentes con una de estas capacitaciones o especialidades, tendrás que elaborar un estudio aeronáutico de seguridad basado en la metodología SORA, para el escenario donde vayas a llevar a cabo las operaciones de vuelo.
Acto seguido, tendrás que pedir una autorización de vuelo a AESA o presentar una declaración previa.
Categoría Certificada
Normativa Europea de Drones
Podríamos decir que en esta categoría entran aquellas operaciones que entrañan un mayor riesgo para personas, animales, objetos o infraestructuras. En esta categoría certificada, es vital un estudio de seguridad exhaustivo por parte de una autoridad competente. Por lo tanto, para poder llevar a cabo operaciones aéreas dentro de esta categoría es imprescindible una autorización por parte de la autoridad.
Es cierto que esta categoría se encuentra en una fase experimental, porque el objetivo es que, en un futuro, esté destinada al transporte de personas y mercancías, con drones de gran envergadura, que puedan convivir y compartir el espacio aéreo con otras aeronaves de menor o mayor tamaño. Habrá que estar atentos a los vuelos experimentales que se realicen a partir de 2021-2022, para ver a ciencia cierta lo que ocurrirá con esta categoría.
Identificación Electrónica y Zonas Geo ¿Qué hay que saber?
Anteriormente, al hablar de los marcados de clase en Drones, he mencionado dos aspectos importantes: electronic ID y Geo Consciencia.
Pues bien, atendiendo a la nueva normativa, todos los drones de las clases C1, C2 y C3 deberán estar registrados electrónicamente y, durante una operación de vuelo, habrá que asegurar en tiempo real las siguientes cuestiones:
- El número de registro de operador.
- El número de serie del control remoto.
- La posición geográfica y la altura sobre el punto de despegue.
- La dirección y velocidad de la UA.
- La posición geográfica del piloto o del punto de despegue.
En cuanto a la aeronave, quiero que sepas que habrá que registrar de forma electrónica todos los drones cuyo diseño esté sujeto a certificación. A su vez te recuerdo que TODOS los pilotos de drones con cámara se deberán de registrar como operadores, atendiendo a la nueva normativa europea.
Las Zonas geográficas o Zonas Geo, que son las zonas de espacio aéreo establecidas por una autoridad competente de cada estado miembro de la UE, también ofrece cambios con la nueva normativa.
De hecho, los estados miembro de la Unión Europea podrán:
- Prohibir algunas o todas las operaciones de vuelo en una zona determinada.
- Requerir condiciones particulares o autorizaciones de vuelo específicas.
- Permitir el acceso únicamente a ciertas clases de Drones o Drones con determinados elementos o funcionalidades.
- Someter las operaciones de vuelo a normas ambientales específicas.
- Crear excepciones en base a la evaluación de riesgos para operar en categoría abierta.
Los estados miembros de la UE deberán asegurar que la información sobre las zonas geográficas y su período de validez sea pública y esté disponible para tod@s en formato digital online.
Como iba diciendo antes, la Geo Consciencia es una funcionalidad de los drones que permite detectar potenciales vulneraciones de las limitaciones establecidas en el espacio aéreo, gracias a los datos que proporcionan autoridades aeronáuticas como AESA o EASA. Mediante una serie de avisos del dron, el piloto puede evitar estas vulneraciones sobre el terreno, lo que es una funcionalidad realmente importante, para evitar posibles infracciones.
Hasta aquí ha llegado mi resumen sobre la nueva normativa europea para drones. Todo lo que necesitas saber sobre la normativa que ha entrado en vigor este año 2021 está aquí, pero esto no es el final, ya que habrán nuevas actualizaciones en el contenido de este Tutoblog, a medida que se conozcan más datos y se publique oficialmente el Real Decreto.
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Permanece atent@ ante las nuevas informaciones que vayan saliendo y no dudes en dejar tus comentarios o consultas en la sección que encontrarás más abajo. ¡Haz caso a la nueva normativa y echa tu dron a volar!
¡Nos vemos en el siguiente Tutoblog!
4 comentarios en “La Nueva Normativa Europea 2021 para el mundo de los Drones”
Buenos días, tenéis algún curso de introducción al pilotaje de drones? No encuentro ningún enlace ni info en vuestra web
¡Hola, Marc! Como te he comentado vía email, el contenido sobre drones es exclusivo del Máster RBG Foto y el Máster RBG Pro. Solo puedes acceder al contenido a través de estos Másters. Para conocer más detalles sobre los Másters RBG, aquí te comparto la página informativa: Másters RBG
Gran trabajo. Lo leeré varias veces con las gafas de pensar.
Muchas gracias.
¡Genial, Julio! Me alegro de que te haya aportado. Muy pronto incluiré alguna actualización, ya que han ido saliendo novedades. Un abrazo.